LOGÍSTICA APLICADA EN LA OPERACIÓN CON REDES DE CULTIVO Y
LOBERAS ANTE EL NUEVO MARCO REGULATORIO
( RAMA ).
La logística se define como la gestión de los flujos de los recursos utilizados en una actividad,
entendiendo estos flujos como el transporte, el almacenamiento, obtención y
entrega de insumos, materiales y equipos, desde los productores a los
consumidores. En el caso de la acuicultura uno de estos recursos ( a ser
gestionados ) son las redes de cultivo y las redes de protección de depredadores.
En general es posible definir el
ciclo de las redes en acuicultura como el transporte desde el taller de redes
al centro de cultivo, el uso de estas redes durante un cierto período en los
centros de cultivo, su transporte hacia los talleres de redes para su
mantención y la mantención en sí en los talleres de redes. Sin embargo este
ciclo contiene una serie de etapas las cuales se deben considerar ( fig.1 ).
Hasta hace poco este ciclo se realizaba sin considerar la reglamentación
ambiental ( RAMA ), es decir no se consideraban los efectos que sobre el
ambiente produce esta actividad.
En un principio las redes de cultivo
en general se limpiaban en los centros de cultivo ( en playa o en plataformas dispuestas para este
objetivo), luego estas redes comenzaron a llevarse a tallares de redes y se
desarrolló el sistema ahora conocido, sin embargo a pesar de que ya no se
limpian redes en los centros, si las redes se dejan ensuciar demasiado, al
momento de extraerlas igual existe una cantidad de residuo orgánico que cae al
cuerpo de agua, luego estas redes al ser transportadas vía marítima producen
residuos líquidos y sólidos los cuales pueden ser derramados en el trayecto,
esto también sucede en el momento de la descarga de redes en los puertos,
durante el transporte terrestre vía camión y finalmente en la recepción y
manejo en los talleres de redes ( fig.2 ).
En lo que nos interesa respecto del
RAMA en su artículo 4º letra a) indica
que en ningún caso se podrán eliminar desechos, residuos o desperdicios
ni al agua ni a los terrenos circundantes, en su letra b) indica disponer los
desechos o residuos sólidos y líquidos en depósitos y condiciones que no
resulten perjudiciales para el medio circundante, y en su artículo nº9 indica:
Sólo se podrá realizar la limpieza de los artes de cultivo y los lavados de
redes con y sin anti-incrustantes en instalaciones que permitan el tratamiento
de sus efluentes, los cuales deben cumplir con las normas de emisión fijadas de
acuerdo al art.40 de la Ley 19.300.
Es por esto que es necesario
realizar las modificaciones necesarias al ciclo del movimiento de redes, para
evitar o minimizar el impacto que hemos de producir en el medio ambiente. Las
medidas para mejorar esta situación son:
1.-
Mejorar los programas de manejo de redes en los centros ( menos tiempo en el
agua es menor suciedad o fouling adherido ) y su logística, mediante la
investigación de operaciones u otra herramienta.
2.-
Evitar el uso de pinturas antifouling.
3.-
Transportar las redes en contenedores que eviten el derrame de residuos ( por
ejemplo bolsas de lona resistente ).
4.-
Implementar medidas de control en el ciclo de las redes.
Figura
N°1
Figura
N°2